Certificado de Deuda de Contribuciones: ¡Consulta Aquí!

¿Necesitas ver si tienes deudas de Contribuciones o revisar el Certificado de deudas de alguna propiedad? ¡Aquí te decimos cómo consultar!

certificado de deuda de contribuciones

Es un trámite muy sencillo, que puedes hacer en línea y no te tomará más de 2 minutos.

Para ver si existe deuda vigente de Contribuciones, sólo necesitas saber la región, comuna, y número de ROL de la propiedad.

Para hacer la consulta, simplemente pincha aquí e ingresa la información que te piden.

A tener en cuenta: la Tesorería General de la República es la entidad encargada de hacer la recaudación de las Contribuciones, a través del Servicio de Impuestos Internos.

¿Cómo obtener el Certificado de deuda de Contribuciones de bienes raíces?

Si quedaste con dudas, no te preocupes, siguiendo estos pasos podrás obtener el Certificado en un par de minutos.

Paso 1: Ingresa a este link. Te llevará a una sección especial de la web de tesoreria.cl que se encarga de consultar la deuda de Contribuciones.

Paso 2: Para solicitar el Certificado, sólo debes ingresar la Comuna y número de Rol asociado a la propiedad. Luego debes pinchar "Buscar".

Paso 3: Si la consulta fue exitosa, obtendrás un PDF con el Certificado de deudas.

Podrás ver si el ROL consultado tiene deuda vigente de Contribuciones o no.

Además, podrás escribir tu correo electrónico para recibir el Certificado en tu e-mail.

Antes de seguir, puede interesarte:

¿Qué vigencia tiene el Certificado de deuda de Contribuciones?

Desde que emites el Certificado, éste tendrá una vigencia de 1 mes, esto porque en los casos de deuda morosa los recargos legales varían mes a mes.

¿Cómo pagar la deuda de Contribuciones?

El pago se hace a través del sitio Web del Servicio de Impuestos Internos.

Simplemente ingresa aquí. Entrarás en la sección de Contribuciones del SII y podrás regularizar tu deuda.

Para hacer el pago debes:

  • Seleccionar la región, comuna y escribir el número de ROL de la propiedad.
  • Luego, pinchar donde dice pagar.
  • Después debes elegir el medio de pago (tarjeta de crédito o cuenta bancaria).

¿Qué pasa si me atraso con el pago de Contribuciones?

Si te atrasas, deberás pagar un interés.

Luego de transcurrido 1 año de incumplimiento del pago, comenzarán las cobranzas judiciales.

Si en el proceso de cobranza judicial tampoco se realiza el pago, se inicia la última instancia en donde se embarga el inmueble, que podría llegar a ser rematado para saldar la deuda de Contribuciones.

¿Cómo se recaudan las Contribuciones?

Como comentábamos al comienzo del artículo, la Tesorería General de la República es la encargada de recaudar las Contribuciones, a través del SII.

El cobro se efectúa en 4 cuotas trimestrales, y vence el día 30 de los meses de abril, junio, septiembre y noviembre.

Nota: No todos los propietarios de bienes raíces tienen que pagar Contribuciones.

Sólo las propiedades que tienen un avalúo fiscal mayor a $33.199.976 pagan este impuesto.

Quienes tengan una propiedad con un avalúo fiscal menor, no debe pagar Contribuciones.

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